Asesor fiscal internacional para personas y empresas

Para residentes en España con operaciones en el extranjero y para no residentes con bienes o rentas en España. Analizamos las implicaciones en España y gestionamos los impuestos españoles.

Cuando hay otro país de por medio, el riesgo no es pagar de menos: es no declarar en España lo que había que declarar o declararlo mal. Somos asesores fiscales internacionales desde Valladolid: analizamos las implicaciones en España y gestionamos tus impuestos españoles. Formamos parte de la red IusTime y atendemos también en inglés.

Más de 30 años · Más de 500 nóminas al mes · Asesores y abogados en la misma casa · Red internacional IusTime
Asesora fiscal de Deferre Consulting en Valladolid

¿Qué hace un asesor fiscal internacional?

Un asesor fiscal internacional analiza las implicaciones en España de lo que tienes o haces fuera, aplica en tu declaración española el convenio de doble imposición que corresponde y se ocupa de las declaraciones que nacen por tener algo en el extranjero. Nos ocupamos de la fiscalidad española, no de los impuestos del otro país.

Es una parte de nuestra asesoría fiscal, con un equipo que trabaja todos los años casos de expatriados, no residentes y empresas con operaciones en otros países.

Cuándo necesitas asesoramiento fiscal internacional

Cuando te vas a trabajar fuera o vienes a trabajar a España y no sabes cómo proceder desde la fiscalidad española. Cuando eres residente en España y cobras una pensión o un alquiler de otro país, o tienes cuentas, inversiones o inmuebles en el extranjero.

También si eres persona física no residente y tienes algún bien en España, cobras una pensión de otro país o tienes inmuebles en otro país, y si tu empresa vende o compra fuera, abre una filial o contrata a personas que trabajan desde otro país.

El mejor momento para preguntar es antes del cambio, no después. La residencia, el régimen fiscal y el orden de las operaciones se deciden al principio y luego son muy difíciles de corregir.

Personas y empresas: dos fiscalidades internacionales distintas

La fiscalidad internacional de las personas gira alrededor de la residencia fiscal: dónde tributa el sueldo, la pensión o el alquiler, qué hay que declarar y cómo se evita la doble imposición.

La de las empresas gira alrededor de las operaciones: el IVA de lo que se compra y vende fuera, las retenciones en origen, las filiales y los precios entre empresas del mismo grupo.

Llevamos las dos, y a menudo en el mismo cliente: el socio que se traslada al extranjero sigue teniendo una sociedad en España, y sus decisiones personales cambian la fiscalidad de la empresa.

Servicios de asesoría fiscal internacional

Cubrimos la fiscalidad internacional desde España: el estudio de la residencia, el régimen que te conviene y las declaraciones anuales en España. Te decimos primero qué obligaciones tienes de verdad y cuáles no, y después las llevamos cada año con el calendario español a la vista, para que ningún plazo te pille fuera de juego.

Expatriados, impatriados y no residentes

La pregunta de fondo es siempre la misma: dónde eres residente fiscal y qué implica en España. De la respuesta dependen el impuesto que pagas, la declaración que presentas y lo que hay que informar.

Trabajamos como asesor fiscal para expatriados que se van, para profesionales que llegan a España y para no residentes con inmuebles, rentas o inversiones aquí.

La residencia fiscal no se elige: la determinan el tiempo que pasas en cada país, dónde está el centro de tus intereses económicos y dónde vive tu familia. Y no siempre coincide con el empadronamiento.

Cuando dos países te consideran residente a la vez, el convenio de doble imposición tiene reglas para desempatar. Las aplicamos a tu caso y te decimos dónde debes declarar tus rentas mundiales.

Si hay que acreditarlo, gestionamos el certificado de residencia fiscal y preparamos la documentación que sostiene tu posición, porque es lo primero que pide cualquier administración cuando revisa un caso.

Si te trasladas a España por trabajo, puedes optar por el régimen especial de trabajadores desplazados, conocido como Ley Beckham, y tributar como no residente durante los primeros años.

La opción tiene plazo desde el alta en la Seguridad Social y requisitos concretos sobre tu residencia anterior y el motivo del traslado. Si se deja pasar el plazo, ya no se puede pedir.

Estudiamos si te conviene de verdad, porque no siempre es así: depende de tus rentas fuera de España y de tu familia. Si compensa, presentamos la opción y después tus declaraciones anuales.

Si te vas a trabajar al extranjero pero sigues siendo residente en España, puede corresponderte la exención por trabajos realizados fuera o el régimen de excesos, según cómo esté planteado el destino.

Si dejas de ser residente, hay que comunicar el cambio y dejar en orden tu última declaración aquí, incluidas las rentas que sigas cobrando en España como alquileres o dividendos.

Y en los dos casos aplicamos en tu declaración española el convenio con el país de destino para que el sueldo no tribute completo en ambos lados. Es el error más caro y más frecuente entre quienes se van sin asesorarse.

Un no residente con una vivienda en España tributa por ella aunque no la alquile, y si la alquila, por las rentas que obtiene. Las dos cosas se declaran con el impuesto sobre la renta de no residentes.

Si vende, el comprador debe retener una parte del precio a cuenta del impuesto, y el vendedor tiene que regularizar después. Bien planteada, esa retención se recupera en todo o en parte.

Nos ocupamos de las declaraciones periódicas, de la venta y de la representación fiscal cuando hace falta. Si además quieres alquilar o vender el inmueble, lo coordina nuestra gestión inmobiliaria.

Los residentes en España que tienen cuentas, valores, seguros o inmuebles fuera pueden estar obligados a informar de ellos cada año con la declaración de bienes en el extranjero, el modelo 720.

Es una declaración informativa: no se paga nada por presentarla. Pero olvidarla o presentarla mal ha sido durante años una de las fuentes de problemas más serias de la fiscalidad internacional.

Revisamos si estás obligado, preparamos la declaración y te avisamos cuando un cambio en tus bienes obliga a volver a presentarla, que es el detalle que más se olvida después del primer año.

Una pensión pagada desde otro país puede tributar allí, aquí o en los dos con deducción, según el convenio y según sea pública o privada. La diferencia en la factura puede ser muy grande.

Lo mismo ocurre con dividendos, intereses y alquileres de fuera: el otro país retiene en origen y España vuelve a gravar, de modo que hay que aplicar bien la deducción por doble imposición.

En tu declaración española aplicamos la deducción por lo retenido fuera y declaramos cada renta donde corresponde, para que no pagues dos veces por el mismo ingreso.

Fiscalidad internacional de empresas

Una empresa que vende fuera, compra en otro país o abre una filial tiene obligaciones que no tiene la que solo opera en España, y casi todas se notan años después, cuando llega una comprobación.

Las llevamos desde el asesoramiento fiscal internacional de la operación hasta las declaraciones periódicas, coordinadas con la contabilidad y con los contratos.

Para comprar y vender en la Unión Europea sin IVA hace falta estar dado de alta en el registro de operadores intracomunitarios y presentar la declaración recapitulativa de esas operaciones.

Fuera de la Unión cambian las reglas: exportaciones exentas, importaciones con IVA en aduana y servicios que tributan en destino. El comercio electrónico tiene además la ventanilla única.

Revisamos cómo facturas a cada cliente extranjero y cómo registras lo que compras fuera. Es donde más errores encontramos, y uno de los que más se repite en las comprobaciones de Hacienda.

Vender en otro país no es lo mismo que estar en él. A partir de cierto grado de presencia aparece un establecimiento permanente, y con él la obligación de tributar en ese país por lo que allí se gana.

Te ayudamos a decidir la forma de entrada: agente, sucursal o filial, con sus consecuencias fiscales en España. La parte societaria y los contratos los prepara nuestra asesoría jurídica.

Y si es al revés, si eres una empresa extranjera que entra en España, nos ocupamos de la constitución, del alta fiscal y del cumplimiento de las obligaciones españolas desde el primer día.

Cuando dos empresas del mismo grupo se venden bienes, se prestan servicios o se dejan dinero entre países distintos, el precio tiene que ser el que pactarían dos empresas independientes.

Si no lo es, cualquiera de los dos países puede corregirlo, y la corrección en uno no siempre se compensa en el otro. Es el foco principal de las comprobaciones a grupos internacionales.

Documentamos las operaciones vinculadas con la profundidad que exige el tamaño del grupo y preparamos la declaración informativa, para que el precio esté justificado antes de que nadie lo pregunte.

Cuando un cliente extranjero te paga, su país suele retener una parte en origen. Si hay convenio, esa retención puede reducirse, y lo retenido se deduce después del impuesto español.

Para aplicar el convenio hay que pedir a tiempo el certificado de residencia fiscal y presentárselo al pagador. Si no se hace, la retención es la máxima y recuperarla cuesta tiempo y papeles.

Gestionamos en España el certificado de residencia fiscal, aplicamos en tu declaración la deducción por lo retenido fuera y revisamos las retenciones que tú debes practicar a proveedores extranjeros, que también son una obligación de tu empresa aquí.

Criptomonedas y activos digitales

Las criptomonedas son, por definición, internacionales: se compran en exchanges de otros países, se mueven entre monederos sin fronteras y tributan en España aunque no se conviertan a euros.

Como asesor fiscal de criptomonedas, declaramos tus operaciones, reconstruimos el histórico y cumplimos las obligaciones informativas de lo que está custodiado fuera.

Cada operación tributa de una forma: la venta y la permuta entre monedas generan ganancia o pérdida patrimonial, el staking y los préstamos generan rendimientos, y la minería puede ser una actividad.

Calculamos el resultado con el criterio que exige Hacienda, compensamos pérdidas con ganancias cuando la ley lo permite y lo declaramos todo en tu Renta de la forma correcta.

Si operas en varios exchanges, reunimos los informes de todos y los cruzamos con tus monederos. Es la parte más laboriosa, y la que más diferencia marca en el resultado final.

Si tus criptomonedas están custodiadas por un exchange o un proveedor extranjero, puedes estar obligado a informar de ellas cada año con una declaración específica de monedas virtuales en el extranjero.

Como el modelo 720, es informativa y no se paga nada por presentarla, pero hay que hacerlo bien y a tiempo, con el saldo de cada moneda y el proveedor que la custodia.

Revisamos si estás obligado, preparamos la declaración y te avisamos de lo que cambia cada año, porque las obligaciones informativas sobre activos digitales se están ampliando.

Si llevas años operando sin declarar, la vía es regularizar antes de que Hacienda pregunte. Los exchanges informan cada vez más de sus clientes y ese dato llega antes o después.

Reconstruimos el histórico de todos los ejercicios que siguen abiertos, calculamos lo que habría que haber pagado y presentamos las declaraciones complementarias que hagan falta.

Hacerlo de forma voluntaria reduce mucho el coste y evita la sanción. Cuanto antes, mejor: la diferencia entre regularizar por iniciativa propia o después de un requerimiento no es pequeña.

Asesoría fiscal en inglés y red internacional IusTime

La fiscalidad internacional afecta siempre a España. Nuestro trabajo es analizar qué implica en España lo que tienes o haces fuera y gestionar los impuestos españoles. Atendemos en inglés a quien todavía no se maneja con la administración española y formamos parte de la red internacional IusTime.

Si acabas de llegar a España o tu empresa tiene socios extranjeros, puedes trabajar con nosotros en inglés: las reuniones, los correos y las explicaciones de lo que firmas y presentas.

Las declaraciones se presentan en español, como exige la administración, pero te explicamos cada una en inglés antes de presentarla, para que sepas exactamente qué estás declarando.

Entender lo que uno firma es la primera condición para no equivocarse, y la razón por la que tantas personas buscan un asesor fiscal en inglés cuando llegan a España.

Formamos parte de IusTime, una red internacional de asesorías.

Nosotros nos ocupamos de la fiscalidad española: analizamos las implicaciones en España y gestionamos los impuestos españoles. No gestionamos los impuestos del otro país.

El primer año en España concentra decisiones que luego no se pueden cambiar: la fecha de llegada, el régimen fiscal, el alta como trabajador o autónomo y lo que se declara de lo que se trae.

Te acompañamos en el NIE, el alta censal, la opción por el régimen de impatriados si te conviene y la primera declaración, con todo lo que hay que informar de los bienes que tienes fuera.

Si vienes a trabajar para una empresa española, coordinamos además el alta y la nómina con nuestra asesoría laboral, para que lo laboral y lo fiscal digan lo mismo.

Dejar de ser residente en España no se hace solo con irse. Hay que comunicar el cambio, acreditar la nueva residencia y presentar la última declaración como residente con todas las rentas del año.

Si tienes un patrimonio relevante en acciones o participaciones, la salida puede tener además un coste fiscal propio. Conviene saberlo antes de fijar la fecha del traslado.

Y durante los años siguientes, Hacienda puede seguir considerándote residente si el cambio no está bien acreditado. Preparamos la documentación para que tu nueva residencia no se discuta.

Cuánto cuesta un asesor fiscal internacional

Depende del caso. No cuesta lo mismo una declaración de no residente por una vivienda que la planificación de un traslado con patrimonio en varios países o la documentación de un grupo de empresas.

Por eso no publicamos tarifas. Revisamos tu situación, te decimos qué obligaciones tienes y te damos un presupuesto cerrado por escrito antes de empezar, separando lo puntual de lo anual.

Lo puntual y lo recurrente

Hay trabajos que se hacen una vez: el estudio de residencia, la opción por la Ley Beckham, la regularización de criptomonedas o la venta de un inmueble como no residente.

Y hay obligaciones que se repiten cada año: la declaración de la renta, la de no residentes, los informativos de bienes en el extranjero o las operaciones vinculadas. Se presupuestan por separado.

Primera revisión sin compromiso

Empezamos con una conversación sobre tu situación y tus planes. Si no necesitas asesoramiento fiscal internacional, te lo decimos; si basta con algo sencillo, también.

Lo que sale de esa revisión es una lista clara de lo que tienes que hacer, en qué orden y con qué plazos. A partir de ahí decides si lo hacemos nosotros.

Equipo de asesoría de Deferre Consulting en Valladolid trabajando

El error que más se repite: pensar que solo importa un país

Muchos casos llegan cuando ya hay un problema: alguien se fue a trabajar fuera dando por hecho que dejaba de tributar en España, o llegó aquí sin saber que tenía que declarar sus bienes de fuera.

En los dos casos el origen es el mismo: no se analizó qué implicaba en España. La fiscalidad internacional siempre pasa por España, y es ahí donde un asesor internacional marca la diferencia.

Lo que se puede arreglar y lo que no

Casi todo se puede corregir: una declaración mal presentada, una retención mal aplicada o un informativo olvidado. Cuanto antes se haga y por iniciativa propia, menos cuesta.

Lo que no se puede arreglar son los plazos que ya pasaron, como el de optar por el régimen de impatriados. Por eso insistimos en preguntar antes del cambio, no después.

Cómo trabajamos la fiscalidad internacional

Seguimos siempre el mismo orden: primero se decide dónde eres residente y qué régimen te corresponde, después se planifica y, al final, se cumple cada año en España. Si llegas a mitad del camino, revisamos lo que ya está hecho y te decimos qué hay que corregir antes de seguir.

Diagnóstico de residencia y obligaciones

Analizamos dónde eres residente fiscal, qué rentas tienes en el extranjero, qué convenio se aplica en tu declaración española y qué tienes que declarar o informar en España. Te entregamos el resultado por escrito, con lo urgente separado de lo que puede esperar.

Planificación antes del cambio

Si vas a trasladarte, vender, invertir o abrir una filial fuera, estudiamos las alternativas antes de que ocurra: el momento, la forma y el régimen fiscal que te conviene en España.

Cumplimiento anual en España

Presentamos cada año tus declaraciones en España y gestionamos tus impuestos españoles. Te avisamos antes de cada plazo y de cada cambio que te afecta.

Por qué elegir Deferre como asesoría fiscal internacional

Asesores fiscales y abogados, con red en otros países

Desde 1993 en Valladolid

Más de treinta años de asesoría fiscal para personas y empresas de Castilla y León y del resto de España.

Red internacional IusTime

Formamos parte de una red internacional de asesorías. Nosotros nos ocupamos de la fiscalidad española.

Atendemos en inglés

Te explicamos en inglés lo que presentas y lo que firmas, aunque la declaración vaya en español.

Asesores fiscales y abogados

Si una comprobación acaba en recurso, la defiende el mismo despacho que preparó tus declaraciones.

Otros servicios de consultoría

Planificación fiscal, impuestos y defensa ante Hacienda para empresas, autónomos y particulares, también cuando todo ocurre en España.

Nóminas, contratación, convenios, inspecciones y despidos. Más de 500 nóminas al mes, con asesores y abogados en la misma casa.

Libros, cierre y cuentas anuales en plazo, coordinados con tu fiscalidad porque son la misma cuenta.

Contratos, sociedades, impagos y herencias. Nos anticipamos al conflicto y, cuando llega, no te pasamos a otro despacho.

Buscamos las ayudas que encajan con tu empresa, las solicitamos y las justificamos hasta el final.

Protección de datos, canal de denuncias, plan de igualdad y compliance penal, con un solo interlocutor que responde por las cuatro.

Compraventas, alquileres y herencias con inmuebles, con la fiscalidad de cada operación resuelta en la misma casa.

Acceso a financiación a través de las entidades con las que trabajamos, y ahorro y previsión como corredores de seguros.

nuestra calidad habla por si sola a través de

Nuestros clientes

★★★★★
Cliente de Deferre Consulting

Enrique Clérigo

CEO de Barro-Gres

Valorado con 5 de 5

«Gestoría y consultora de confianza y profesionalidad absoluta. Muchos años trabajando con ellos y siempre ofreciendo un servicio excelente además de cercanía al cliente. Totalmente recomendado!!!»

Valorado con 5 de 5

«Siempre accesibles y con magníficos profesionales. Me siento tranquilo con ellos en la presentación de impuestos y formularios varios. Me han resuelto varios requerimientos con Hacienda con éxito, sin ninguna sanción administrativa, librándome de todas las gestiones y con el archivo de los expedientes.»

Cliente de Deferre Consulting

Carlos, Daytona Motos

Propietario de negocio local

Valorado con 5 de 5

«Gestoría de mucha seriedad. Buenos profesionales con mucha experiencia.»

Deferre responde

Preguntas frecuentes sobre asesoría fiscal internacional

Es el asesor fiscal que analiza las implicaciones en España de las situaciones en las que interviene otro país: personas que viven, trabajan o tienen bienes en otro país y empresas que operan fuera. Aplica los convenios de doble imposición en tu declaración española y presenta las declaraciones que nacen de tener algo en el extranjero. Gestiona los impuestos españoles, no los del otro país.

Cuando pasas en España más de la mitad del año o cuando aquí está el núcleo principal de tus intereses económicos. También se presume si aquí viven tu cónyuge y tus hijos menores. Si otro país también te considera residente, el convenio entre ambos decide cuál prevalece.

Es el régimen especial para trabajadores desplazados a España, que permite tributar como no residente durante los primeros años. Pueden acogerse quienes se trasladan a España por un contrato de trabajo, por ser administradores o por determinadas actividades, siempre que no hayan sido residentes en los años anteriores. La opción tiene un plazo que no se puede recuperar.

Depende de si dejas de ser residente. Si sigues siéndolo, tributas aquí por tus rentas mundiales, aunque puede aplicarse la exención por trabajos en el extranjero y la deducción por lo pagado fuera. Si dejas de serlo, solo tributas aquí por lo que obtengas en España. Conviene decidirlo antes de irte.

Tributas por la vivienda aunque no la alquiles, mediante el impuesto sobre la renta de no residentes. Si la alquilas, tributas por el alquiler. Si la vendes, el comprador retiene una parte del precio a cuenta del impuesto. Además pagas los impuestos locales como cualquier propietario.

Es la declaración informativa de bienes y derechos situados en el extranjero: cuentas, valores, seguros e inmuebles. La presentan los residentes en España que superan los importes que la obligan. No se paga nada por presentarla, pero hay que hacerlo cuando corresponde y repetirla cuando los bienes cambian de forma relevante.

Las ganancias, pérdidas y rendimientos se declaran en tu Renta como cualquier otra operación. Además, si las monedas están custodiadas por un proveedor extranjero, puede que tengas que informar de ellas cada año con la declaración específica de monedas virtuales en el extranjero.

Sí. Podemos trabajar contigo en inglés en las reuniones, los correos y las explicaciones de lo que presentas. Las declaraciones se presentan en español, como exige la administración, pero te las explicamos en inglés antes de presentarlas.

Aplicando en tu declaración española el convenio de doble imposición entre los dos países, si existe, o la deducción por doble imposición internacional que prevé la ley española. Nos ocupamos de la fiscalidad española; los impuestos del otro país no los gestionamos nosotros.

Sí. Trabajamos en remoto con clientes de cualquier lugar, con documentación digital y firma electrónica. Nuestro despacho está en Valladolid y atendemos presencialmente en toda Castilla y León cuando hace falta.

¿Tienes un caso fiscal entre dos países?

Cuéntanos tu situación y te decimos, sin compromiso, dónde tributas, qué tienes que declarar y qué conviene decidir antes del próximo paso.